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JEE TACNA: Informe de Fiscalización señala presunta vulneración de la Ley Electoral por entrega de canastas en actividad de Yoni Mamani

Fiscalización electoral concluye que las canastas entregadas durante el denominado “FESTIYONI” superaban el límite establecido y recomienda poner el caso en conocimiento del pleno del Jurado Electoral Especial de Tacna.

Tacna | VISION MACROSUR

Un informe de fiscalización del Jurado Electoral Especial de Tacna (JEE Tacna) pone bajo la lupa la actividad política denominada “FESTIYONI”, organizada con motivo del Día de la Madre y en la que participó Yoni Mamani Quispe, candidato a la alcaldía de Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa por la organización política Ahora Nación – AN.

El documento, fechado el 3 de agosto de 2026, concluye que existen elementos que permitirían sostener una presunta vulneración del artículo 42 de la Ley de Organizaciones Políticas, relacionada con la prohibición de entregar dádivas, alimentos y otros bienes durante la propaganda electoral.

CANASTAS DE VÍVERES: EL PUNTO CENTRAL

Según el informe, durante el evento se verificó la entrega de canastas de víveres a los asistentes. La fiscalización realizó cotizaciones de los productos que componían estas canastas y estableció un valor referencial de S/ 32.40 por unidad.

La canasta incluía productos como arroz, azúcar, aceite, leche, avena, fideos, té, gaseosa, papel higiénico y otros artículos de consumo familiar.

El problema, según el informe, es que el Reglamento establece excepciones para determinados bienes entregados durante actividades proselitistas o para artículos publicitarios, pero fija un límite de 0,3 % de la UIT por cada bien, equivalente a S/ 16.50 para el año 2026.

Sin embargo, el fiscalizador precisa que las canastas no pueden ser consideradas bienes de consumo individual e inmediato ni artículos publicitarios, por lo que no resultaría aplicable dicha excepción.

LAS TAZAS TIENEN OTRO TRATAMIENTO

El informe también analiza la distribución de tazas personalizadas con propaganda electoral durante los recorridos previos al “FESTIYONI”.

Las cotizaciones efectuadas determinaron un valor aproximado de S/ 8 por unidad, mientras que por cantidad se registraron valores menores. El propio informe señala que este tipo de artículo podría estar comprendido dentro de la excepción correspondiente a propaganda electoral, siempre que no supere el límite establecido por la norma.

Por ello, el principal cuestionamiento de la fiscalización se concentra en las canastas de víveres.

REDES SOCIALES FUERON PARTE DE LAS PRUEBAS

La fiscalización no se basó únicamente en la denuncia presentada ante el JEE.

Los funcionarios revisaron publicaciones de Facebook y TikTok vinculadas al candidato. Encontraron invitaciones al evento, videos de su participación y registros de la actividad.

El informe señala que entre el 7 y el 12 de mayo de 2026 se difundieron publicaciones relacionadas con el “FESTIYONI”, incluyendo videos de invitación y registros del desarrollo del evento.

Asimismo, en el registro de imágenes se observa al candidato junto con aproximadamente 50 personas realizando el empaquetado de canastas y tazas, en un lugar que, según la fiscalización, aparentaría ser un local partidario debido a la presencia de banderas y gigantografías de la organización política.

 ¿QUÉ DICE LA FISCALIZACIÓN SOBRE YONI MAMANI?

El informe considera acreditados varios elementos:

  • Yoni Mamani tenía la condición de candidato al momento de los hechos.
  • Se identificó su participación directa en la actividad.
  • La actividad tenía vinculación política y electoral con Ahora Nación.
  • Se verificó la entrega de canastas de víveres.
  • Las cotizaciones establecieron un valor referencial de S/ 32.40 por canasta.
  • Existían fotografías y videos que documentaban los hechos.

Además, el informe identifica la incidencia con el código 129-DNFPEF033-027-105 y señala como presunto infractor al candidato Yoni Mamani Quispe y a la organización política Ahora Nación – AN.

EL INFORME RECOMIENDA QUE EL CASO PASE AL PLENO DEL JEE

La conclusión del documento es contundente en cuanto al resultado de la fiscalización: se señala que Yoni Mamani Quispe y Ahora Nación – AN habrían vulnerado el artículo 42 de la Ley N.º 28094, debido a la entrega de canastas de víveres durante el “FESTIYONI”, cuyo valor referencial habría superado el límite previsto por la normativa.

La coordinadora de Fiscalización, Luisa Erika Quispe Soloysolo, recomienda finalmente poner el informe en conocimiento del pleno del Jurado Electoral Especial de Tacna para los fines pertinentes.

IMPORTANTE: NO ES TODAVÍA UNA SANCIÓN

El documento debe ser leído con precisión.

No se trata de una resolución que sancione definitivamente al candidato. Es un informe de fiscalización que concluye que existiría una presunta vulneración y recomienda que el caso sea puesto en conocimiento del pleno del JEE Tacna.

Ahora corresponderá conocer qué decisión adopta el organismo electoral competente.

VISION MACROSUR

El caso vuelve a colocar sobre la mesa una pregunta fundamental para las elecciones municipales: ¿dónde termina la actividad social y dónde comienza la entrega de dádivas con finalidad electoral?

La respuesta no depende solamente de las fotografías de una actividad política. Depende de lo que establece la legislación electoral y, finalmente, de la decisión que adopten las autoridades electorales.

En este caso, el informe de fiscalización ya dejó establecido su posición: la entrega de las canastas de víveres constituye una presunta vulneración de la normativa electoral y el expediente debe ser evaluado por el pleno del JEE Tacna.

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